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Sudeban mantiene flexibilización de requisitos para abrir cuentas bancarias para personas naturales

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban) informó que mantiene la flexibilización de los requisitos para abrir cuentas en la banca pública y privada por parte de personas naturales.

De acuerdo con una circular emitida por la Sudeban, los requisitos para abrir una cuenta de ahorro o corriente nivel 1 son:

  • Cédula de identidad laminada legible del solicitante, vigente o vencida.
  • Dirección del titular.
  • Pasaporte en el caso de ser extranjero.

Las cuentas de este tipo podrán movilizar mensualmente hasta 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Para las cuentas nivel 2, que permiten movilizar montos superiores a 700 veces el tipo de cambio oficial, se exigen los requisitos anteriores más:

  • Registro único de información fiscal (RIF).
  • Constancia de trabajo (si está bajo dependencia laboral).
  • Certificación de ingresos (si es independiente).

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En el caso de las cuentas en moneda extranjera, se mantienen los mismos requisitos, limitaciones y montos de los niveles determinados, de acuerdo a su equivalencia, según el tipo de cambio establecido por el BCV.

Para abrir cualquier tipo de cuenta bancaria, es indispensable una entrevista con el solicitante, que puede ser presencial o virtual (videollamada, videoconferencia, etc.). Los medios virtuales deben estar certificados por la Sudeban.

La Sudeban también señaló que los requisitos para personas jurídicas se mantienen sin cambios.

«El incumplimiento de lo antes dispuesto será sancionado conforme a lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, sin perjuicio de las medidas administrativas e instrucciones que este Ente Supervisor pueda imponer en atención a sus competencias”, finaliza el comunicado.

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